Umbrales de identificación y de aviso de las actividades vulnerables

En el año 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), la cual tiene como objetivo prevenir y detectar aquellos actos u operaciones que impliquen recursos de procedencia ilícita.

 Dentro de la misma ley, en su artículo 17 nos señalan las actividades vulnerables y los umbrales de identificación, para establecer quienes tienen la obligación de cumplir con lo establecido en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

 Una de las principales obligaciones es darse de alta en el portal ante el SAT y presentar los avisos correspondientes (cuando se esté obligado a ello); razón por la cual es importante tener presente los umbrales de identificación para determinar si una persona o entidad está obligada a darse de alta y/o a la presentación de los avisos que correspondan; ya que, en caso de no cumplir con estas obligaciones, los obligados pudieran ser acreedores de las multas establecidas en la LFPIORPI.

 La diferencia entre la obligación de identificar y la de informar consiste en que cuando se requiere solamente identificar una operación que se considere como actividad vulnerable, el contribuyente debe darse de alta e integrar los expedientes de identificación que marca las regulaciones de la LFPIORPI, mientras que al superar el umbral de aviso, se debe presentar dicho aviso en el tiempo y la forma que establece la Ley y las normas que la regulan.

 En la siguiente tabla podemos visualizar los umbrales de identificación de algunas de las actividades vulnerables más recurrentes (considerando el valor de la UMA de 2019):

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Como podrán apreciar, existen actividades que se consideran vulnerables y que no tienen un umbral de identificación, lo que significa que en estas actividades se debe de cumplir con la obligación de dar aviso en todos los casos que se supere el umbral establecido. Estas actividades corresponden a:

· Cheques de viajero

· Préstamos o créditos, con o sin garantía

· Servicios de construcción, desarrollo o comercialización de bienes inmuebles

· Transporte y custodia de dinero o valores

· Operaciones con Activos Virtuales

Tener presentes los umbrales señalados en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita es importante para prevenir sanciones por parte de las autoridades competentes, mismas que pueden llegar a ser muy gravosas, puesto que se imponen por cada operación incumplida (i.e. por cada aviso mensual no presentado).

Para todo lo anterior, también resulta importante mencionar que el identificar a los clientes o usuarios, implica el integrar un expediente de cada uno de ellos, en el cual deberá de contener lo que indiquen el Reglamento de la LFPIORPI y las reglas de carácter general que se emitan para estos fines.

Sin embargo, de manera enunciativa, mas no limitativa, parte de la información o documentos que debiesen de integrar los expedientes a que se hace mención, consiste en:

Para Persona Física

Asentar, entre otros, los siguientes datos:

· Apellido paterno, apellido materno y nombre(s)

· Fecha de nacimiento

· País de nacimiento

· País de nacionalidad

· Actividad, ocupación, profesión, actividad o giro del negocio al que se dedique el Cliente o Usuario

· Domicilio en el lugar de residencia

· Número(s) de teléfono en que se pueda localizar

· Correo electrónico

· CURP y RFC

· Datos de la identificación con la que se identificó: nombre de la identificación; autoridad que la emite, y número de la misma.

Y recabar, entre otras, la siguiente documentación:

· Identificación oficial vigente que contenga la fotografía, firma y, en su caso, domicilio del propio Cliente o Usuario.

· Constancia de CURP o Cédula de Identificación Fiscal expedida por el SAT

· Comprobante de domicilio

· Constancia por la que se acredite que quien realice la Actividad Vulnerable solicitó a su Cliente o Usuario, información acerca de si tiene conocimiento de la existencia del Dueño Beneficiario, la cual deberá estar firmada por el Cliente o Usuario.

Para Persona Moral

Asentar, entre otros, los siguientes datos:

· Denominación o razón social;

· Fecha de constitución;

· País de nacionalidad;

· Actividad, giro mercantil (generadora de la relación de negocio)

· Domicilio

· Número(s) de teléfono de dicho domicilio

· Correo electrónico

· Clave del RFC

· Nombre(s) y apellidos paterno y materno, así como fecha de nacimiento, clave del RFC o CURP del representante legal o personas que realicen el acto u operación a nombre de la persona moral de que se trate.

Y recabar, entre otras, la siguiente documentación:

· Testimonio o copia certificada del instrumento público que acredite su constitución e inscripción en el registro público.

· Cédula de Identificación Fiscal expedida por el SAT

· Comprobante de domicilio

· Testimonio o copia certificada del instrumento que contenga los poderes del representante o apoderados legales.

· Constancia por la que se acredite que quien realice la Actividad Vulnerable solicitó a su Cliente o Usuario información acerca de si tiene conocimiento de la existencia del Dueño Beneficiario, la cual deberá estar firmada por el Cliente o Usuarios.

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CLAUDIA IGNACIO

HONE MAXWELL LLP

Claudia Ignacio es una de las abogadas asociadas del bufete Hone Maxwell LLP. Su práctica se enfoca en la planeación, cumplimiento, y controversia fiscal, incluyendo una gran variedad de asesoría fiscal internacional, consultas de inversiones estadounidenses, FATCA, y programas de amnistía como el previo OVDP (Divulgación Voluntaria en el Extranjero). 

Además, defiende a clientes en auditorias con el IRS y ante otras agencias fiscales estatales. Ella detiene gravámenes, exacciones, y ha establecido muchos acuerdos de pagos satisfactorios, reducción o suspensión de multas, solicitudes de cónyuge perjudicado, e oferta de transacción.

Claudia nació en la Ciudad de México, e inmigro a San Diego cuando tenia 13 años.

Después de sus estudios universitarios, ella trabajo como auxiliar jurídico para abogados de derecho familiar, bancarrota, inmigración y litigio civil. Ella es un ex-agente inmobiliario y fue dueña de un negocio de preparación de impuestos por 15 años. Después de esta extensa carrera, asistió a la universidad de California Western School of Law donde obtuvo el titulo de abogada.

Claudia forma parte de la junta directiva de la asociación de abogados en San Diego y es mentor a estudiantes de la facultad de derecho y en su comunidad.

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ANDREA CISNEROS

RJS LAWFIRM

La practica de Andrea Cisneros Valdez se enfoca en el derecho fiscal internacional.  Ella es altamente calificada en diseñar estructuras especializadas en inversiones cross-border. Andrea cuenta con extensa experiencia en el área de planeación fiscal internacional y compliance fiscal internacional.

 

Andrea regularmente aconseja clientes en situaciones fiscales internacionales suscitadas en Estados Unidos, así como en regímenes anti-diferimiento tales como las provisiones GILTI, ingresos por Subparte F y PFICs.  Andrea recomienda en la aplicación del acreditamiento por impuestos pagados en el extranjero, planeación bajo los Tratados de doble tributación, retenciones por concepto FIRPTA y Branch Profits Tax.

Andrea trabaja con familias con miembros de múltiples nacionalidades en su compliance y en sus necesidades de planeación patrimonial. Andrea ha apoyado a numerosos individuos, entre ellos empresarios reconocidos, atletas y políticos con la planeación fiscal y patrimonial pre-migratoria.

Andrea también se concentra en la formación de entidades, creación de estatutos y resoluciones corporativas para complementar el servicio que ofrece a sus clientes.

Andrea tiene licencia para ejercer como abogada tanto en California como en México. Ella obtuvo su Maestría en Derecho Fiscal por la Universidad de San Diego. También cuenta con una especialidad en derecho fiscal por la Universidad de las Américas Puebla, su alma mater.

Andrea es miembro activo de la Cámara de Comercio de San Diego (CCSD), ella sostiene un lugar como abogada fiscal dentro del grupo Coastal Connection de las CCSD.

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ALEX RODRÍGUEZ

FIRST CHOICE BANK

Vicepresidente experimentado con un historial de trabajo en la industria bancaria demostrado. Alex se ha especializado en préstamos comerciales, gestión de riesgos, gestión, banca y análisis crediticio. Es un fuerte profesional de ventas graduado de la Universidad de Washington.
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MARISOL SWADENER

HONE MAXWELL LLP

Marisol Swadener es una de las abogadas asociadas en la firma Hone Maxwell.

En el 2015 Marisol estudió y se graduó como abogada en la escuela de derecho, California Western y recibió su maestría en Derecho Fiscal de la Universidad de San Diego en el 2017.  Se ha especializado por más de seis años en la controversia fiscal.

 

Marisol tiene amplia experiencia asesorando corporaciones y contribuyentes en auditorias fiscales, negociación de acuerdos y resolución de todo tipo de disputas con las administraciones tributarias del estado de California y el Servicio de Ingresos Internos (IRS).

Marisol asesora a clientes con residencia o ciudadanos en los Estados Unidos con inversiones internacionales o cuentas bancarias internacionales con su responsabilidad fiscal con el IRS.

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