Servicios intragrupo: ¿Seguirán siendo deducibles en 2025?

En los grupos nacionales y multinacionales es común la prestación interna de diversos servicios intragrupo o intercompañía, tales como servicios profesionales, técnicos, financieros, comerciales o directivos, entre otros. Estos servicios suelen incluir actividades de gestión, coordinación, control y asesoría general. Por ello, es fundamental que dichos servicios aporten un beneficio económico tanto para quien los recibe como para quien los presta.

Para efectos de los análisis de precios de transferencia y conforme a las Guías de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) en su capítulo 7, no basta con comprobar que la contraprestación cumple con el principio de arm’s length. También es necesario verificar que:

  1. Los servicios intragrupo hayan sido efectivamente prestados.
  2. Estos servicios generen valor económico para la empresa receptora y contribuyan a alcanzar sus objetivos de negocio.
 

Esto implica analizar si, en condiciones similares, una empresa independiente habría estado dispuesta a pagar por recibir el mismo servicio en el mercado.

La deducibilidad de los servicios intragrupo depende de cumplir con estos criterios, así como de la adecuada documentación que respalde la naturaleza, la necesidad y el beneficio económico de los servicios prestados.

Asimismo, las Guías de Precios de Transferencia de la OCDE establecen que, una vez identificadas las transacciones de servicios realizadas entre grupos nacionales y multinacionales, es fundamental que las empresas involucradas cuenten con la siguiente documentación para respaldar el análisis de precios de transferencia:

  1. Contratos que detallen las especificaciones de los servicios a prestarse, así como la contraprestación pactada.
  2. Identificación y descripción de los beneficios y el valor económico que dichos servicios generarán para la empresa receptora. Además, debe determinarse si se trata de servicios de alto valor agregado o de bajo valor agregado.
  3. Cálculos de las contraprestaciones intercompañía, junto con la información de soporte correspondiente.
 

Contar con esta documentación no solo asegura el cumplimiento de las disposiciones en materia de precios de transferencia, sino que también fortalece la posición de las empresas frente a revisiones fiscales.

Materialidad de las operaciones en México

El concepto de materialidad fiscal ha sido abordado en diversos documentos, tesis e información bibliográfica. Sin embargo, adquirió mayor relevancia a partir de 2018 con la incorporación del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF), el cual establece lo siguiente:

¨Cuando la autoridad fiscal detecte que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados, se presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes¨

Adicionalmente, el artículo 27 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece los requisitos que deben cumplir los pagos para que puedan considerarse deducibles en la determinación del ISR. Entre estos requisitos se encuentran:

  • Que los pagos sean estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente.
  • Que estén amparados con un comprobante fiscal.
  • Que se encuentren debidamente registrados en la contabilidad.
 

Resolución Miscelánea Fiscal 2024

El pasado 11 de octubre de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 (Regla 44/ISR/NV). Esta señala, en términos generales, que:

  • Cuando un gasto por la prestación de servicios no esté relacionado con el objeto social de la empresa, no se considerará estrictamente indispensable.
  • Si no se acredita que el servicio fue efectivamente recibido, la autoridad podrá rechazar la deducción, incluso si se cuenta con comprobantes fiscales que supuestamente amparen la operación.
  • También podrán rechazarse deducciones si no se cuenta con otros elementos que demuestren que el servicio se llevó a cabo de manera efectiva.
 

Conclusiones y reflexiones

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), de enero a octubre de 2024 se recaudaron 4 billones 82 mil 335 millones de pesos, lo que representa un crecimiento del 5.4% respecto al año anterior. Estos resultados se lograron gracias al Plan Maestro de Recaudación implementado por el gobierno federal y a los actos de fiscalización dirigidos a contribuyentes que incumplieron con sus obligaciones fiscales, incluyendo:

  • El rechazo de deducciones relacionadas con operaciones simuladas.
  • Actividades vulnerables y otros incumplimientos.
 

En un entorno fiscal cada vez más riguroso, garantizar la materialidad de las operaciones intragrupo es fundamental para cumplir con los requisitos legales y fiscales establecidos por el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y las directrices internacionales de precios de transferencia, como las emitidas por la OCDE.

 

Nuestra firma ofrece un servicio especializado de consultoría enfocado en el análisis y revisión de la materialidad respecto a las operaciones de servicios intragrupo, con un enfoque preventivo y estratégico. Este servicio incluye:

  • Análisis detallado de las operaciones intragrupo para identificar riesgos fiscales y áreas de mejora.
  • Revisión de los contratos intercompañia para identificar si cumplen con las características de los servicios prestados, así como la contraprestación pactada.
  • Documentación del valor económico generado por los servicios, incluyendo su relación con el objeto social de la empresa y su carácter de estricta indispensabilidad.
  • Soporte técnico en precios de transferencia, que garantice que las contraprestaciones cumplen con el principio de arm’s length.
  • Seguimiento con el contribuyente respecto a la documentación soporte de los servicios efectivamente prestados, con el objetivo de evitar riesgos ante auditorías fiscales.
 

Con nuestra experiencia y conocimiento, ayudamos a las empresas a fortalecer su posición frente a posibles cuestionamientos de las autoridades fiscales, asegurando la deducibilidad de sus operaciones y el cumplimiento de sus obligaciones.

Lo invitamos a contactarnos para realizar un diagnóstico inicial respecto a las operaciones que realizan con sus partes relacionadas con el objetivo de revisar si se encuentran cumpliendo con la materialidad y el cumplimiento normativo de sus operaciones intragrupo.

 

Atentamente

L.E y M.B.A. Paulina Bogarin

Gerente Senior de Precios de Transferencia

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CLAUDIA IGNACIO

HONE MAXWELL LLP

Claudia Ignacio es una de las abogadas asociadas del bufete Hone Maxwell LLP. Su práctica se enfoca en la planeación, cumplimiento, y controversia fiscal, incluyendo una gran variedad de asesoría fiscal internacional, consultas de inversiones estadounidenses, FATCA, y programas de amnistía como el previo OVDP (Divulgación Voluntaria en el Extranjero). 

Además, defiende a clientes en auditorias con el IRS y ante otras agencias fiscales estatales. Ella detiene gravámenes, exacciones, y ha establecido muchos acuerdos de pagos satisfactorios, reducción o suspensión de multas, solicitudes de cónyuge perjudicado, e oferta de transacción.

Claudia nació en la Ciudad de México, e inmigro a San Diego cuando tenia 13 años.

Después de sus estudios universitarios, ella trabajo como auxiliar jurídico para abogados de derecho familiar, bancarrota, inmigración y litigio civil. Ella es un ex-agente inmobiliario y fue dueña de un negocio de preparación de impuestos por 15 años. Después de esta extensa carrera, asistió a la universidad de California Western School of Law donde obtuvo el titulo de abogada.

Claudia forma parte de la junta directiva de la asociación de abogados en San Diego y es mentor a estudiantes de la facultad de derecho y en su comunidad.

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ANDREA CISNEROS

RJS LAWFIRM

La practica de Andrea Cisneros Valdez se enfoca en el derecho fiscal internacional.  Ella es altamente calificada en diseñar estructuras especializadas en inversiones cross-border. Andrea cuenta con extensa experiencia en el área de planeación fiscal internacional y compliance fiscal internacional.

 

Andrea regularmente aconseja clientes en situaciones fiscales internacionales suscitadas en Estados Unidos, así como en regímenes anti-diferimiento tales como las provisiones GILTI, ingresos por Subparte F y PFICs.  Andrea recomienda en la aplicación del acreditamiento por impuestos pagados en el extranjero, planeación bajo los Tratados de doble tributación, retenciones por concepto FIRPTA y Branch Profits Tax.

Andrea trabaja con familias con miembros de múltiples nacionalidades en su compliance y en sus necesidades de planeación patrimonial. Andrea ha apoyado a numerosos individuos, entre ellos empresarios reconocidos, atletas y políticos con la planeación fiscal y patrimonial pre-migratoria.

Andrea también se concentra en la formación de entidades, creación de estatutos y resoluciones corporativas para complementar el servicio que ofrece a sus clientes.

Andrea tiene licencia para ejercer como abogada tanto en California como en México. Ella obtuvo su Maestría en Derecho Fiscal por la Universidad de San Diego. También cuenta con una especialidad en derecho fiscal por la Universidad de las Américas Puebla, su alma mater.

Andrea es miembro activo de la Cámara de Comercio de San Diego (CCSD), ella sostiene un lugar como abogada fiscal dentro del grupo Coastal Connection de las CCSD.

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ALEX RODRÍGUEZ

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Vicepresidente experimentado con un historial de trabajo en la industria bancaria demostrado. Alex se ha especializado en préstamos comerciales, gestión de riesgos, gestión, banca y análisis crediticio. Es un fuerte profesional de ventas graduado de la Universidad de Washington.
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MARISOL SWADENER

HONE MAXWELL LLP

Marisol Swadener es una de las abogadas asociadas en la firma Hone Maxwell.

En el 2015 Marisol estudió y se graduó como abogada en la escuela de derecho, California Western y recibió su maestría en Derecho Fiscal de la Universidad de San Diego en el 2017.  Se ha especializado por más de seis años en la controversia fiscal.

 

Marisol tiene amplia experiencia asesorando corporaciones y contribuyentes en auditorias fiscales, negociación de acuerdos y resolución de todo tipo de disputas con las administraciones tributarias del estado de California y el Servicio de Ingresos Internos (IRS).

Marisol asesora a clientes con residencia o ciudadanos en los Estados Unidos con inversiones internacionales o cuentas bancarias internacionales con su responsabilidad fiscal con el IRS.

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