Novedades respecto a las resoluciones para empresas que prestan servicios de maquila

Antecedentes

De acuerdo con el artículo 182 de la LISR, menciona que aquellas empresas que lleven a cabo operaciones de maquila (que cumplan con la definición del artículo 181 de la LISR), cumplen en materia de precios de transferencia y que las personas residentes en el extranjero para las cuales actúan no tienen establecimiento permanente en el país, cuando las empresas maquiladoras determinen su utilidad fiscal como la cantidad mayor que resulte de aplicar lo siguiente y conforme a los cálculos que marca la LISR en dichos artículos:

I. El 6.9% sobre el valor total de los activos utilizados en la operación de maquila.

II. El 6.5% sobre el monto total de los costos y gastos de operación de la operación en cuestión incurridos por la persona residente en el país, determinados de conformidad con las NIF.

Asimismo, las maquiladoras podrán obtener una resolución particular en los términos del artículo 34-A del CFF (APA) en la que se confirme que se cumple con los artículos 179 y 180 de la LISR.

Para solicitar una resolución particular sobre la metodología utilizada en la determinación de los precios o montos de las contraprestaciones por los servicios de maquila que presta a su(s) parte(s) relacionada(s) residente(s) en el extranjero, las empresas maquiladoras deberán realizarlo conforme a la regla 2.11.8 “Consultas en materia de precios de Transferencia” y la ficha de trámite 102/CFF “Consultas en materia de precios de transferencia”, contenida en el Anexo 1-A de la RMF vigente.

El pasado 16 de noviembre de 2020, el IRS, como autoridad fiscal de EUA, publicó un comunicado en donde confirmaba que se había llegado a un acuerdo con el SAT para la renovación del Acuerdo relativo al Enfoque Calificado para Maquiladoras (Qualified Maquiladora Approach (QMA por sus siglas en inglés) ó metodología, respecto al acuerdo que se había alcanzado en 2016 (conocida como Fast Track) para la determinación del cálculo del ingreso por maquila.

Banners Impuestos 1

¿Cuál es la diferencia entre el QMA (Fast Track) aprobado en el año 2016 y el QMA renovado en 2020?

El QMA renovado, mantiene los cálculos principales a la metodología aprobada en 2016, la diferencia es que se deberá de analizar que las cuentas por cobrar de la empresa maquiladora no excedan por más de 60 días de rotación de cobranza, de lo contrario, se deberá de incluir un ajuste en el cálculo de la determinación del ingreso por maquila.

¿Quiénes pueden aplicar el QMA renovado?

El QMA renovado es solo aplicable para la determinación del ingreso por maquila que abarque desde el ejercicio fiscal 2016 hasta el ejercicio 2019, siempre y cuando, la empresa maquiladora en México haya iniciado el trámite para la obtención del APA ante las autoridades fiscales mexicanas que abarquen dichos ejercicios.

De acuerdo con el micrositio del SAT, durante el año 2021, la autoridad competente de México resolverá los APA’s por los ejercicios hasta 2019 con el QMA renovado. Asimismo, el SAT notificará directamente a las empresas maquiladoras que califiquen para este enfoque, incluyendo detalles sobre los pasos que las y los contribuyentes deben tomar con respecto a sus solicitudes de APA unilateral pendientes.

¿Qué pasará con la metodología para aquellas maquiladoras que deseen tramitar el APA que abarque a partir del ejercicio fiscal 2020 en adelante?

Debido a que la pandemia por COVID-19 ha afectado a la gran mayoría de las industrias, incluyendo, la maquiladora, misma que pudieron haber tenido un impacto en el resultado del ejercicio 2020, el SAT y el IRS han acordado que los siguientes factores serán elementales para determinar la razonabilidad de los resultados para el ejercicio fiscal 2020 de las maquiladoras:

–  El monto en el cual se aleja del ingreso imponible que debería de reportar la maquiladora si aplicara QMA renovado en 2020.

–  La información que soporte la posición fiscal de la y el contribuyente correspondiente al ejercicio 2020, bajo los principios de las Guías sobre Precios de Transferencia para las Empresas Multinacionales y las Administraciones Fiscales de la OCDE (2017) y cualquier guía complementaria emitida por la OCDE, respecto de las condiciones económicas que se presentan como consecuencia de la pandemia por COVID-19.

–  La información y documentación que soporte la posición fiscal de la y el contribuyente correspondiente al ejercicio 2020, incluyendo la identificación a detalle de toda condición financiera y contable extraordinaria a la pandemia por COVID-19, y sus correspondientes registros contables.

Asimismo, la información del micrositio del SAT señala que en los próximos meses de 2021, el SAT y el IRS anunciarán los mecanismos que se implementarán para obtener dicha información de las y los contribuyentes la industria maquiladora, con el fin de realizar los análisis relativos a la negociación para la renovación QMA aplicable para el ejercicio fiscal 2020 y posteriores, en conjunto con el resultado de las labores de los grupos de trabajo de la OCDE (Grupo de Trabajo número 6 y el Foro de Acuerdos Amistosos del Foro de Administración Tributaria [FTA MAP Forum]).

Los mantendremos informados sobre las novedades respecto al QMA aplicable para el ejercicio fiscal 2020 y posteriores.

“El contenido de este boletín refleja la opinión personal del autor y tiene fines únicamente informativos. No debe interpretarse como asesoría legal, contable o financiera.”

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

El mundo está cambiando. Mantente actualizado

SUSCRIBETE Y NO TE PIERDAS NUESTRO CONTENIDO INFORMATIVO

claudia

CLAUDIA IGNACIO

HONE MAXWELL LLP

Claudia Ignacio es una de las abogadas asociadas del bufete Hone Maxwell LLP. Su práctica se enfoca en la planeación, cumplimiento, y controversia fiscal, incluyendo una gran variedad de asesoría fiscal internacional, consultas de inversiones estadounidenses, FATCA, y programas de amnistía como el previo OVDP (Divulgación Voluntaria en el Extranjero). 

Además, defiende a clientes en auditorias con el IRS y ante otras agencias fiscales estatales. Ella detiene gravámenes, exacciones, y ha establecido muchos acuerdos de pagos satisfactorios, reducción o suspensión de multas, solicitudes de cónyuge perjudicado, e oferta de transacción.

Claudia nació en la Ciudad de México, e inmigro a San Diego cuando tenia 13 años.

Después de sus estudios universitarios, ella trabajo como auxiliar jurídico para abogados de derecho familiar, bancarrota, inmigración y litigio civil. Ella es un ex-agente inmobiliario y fue dueña de un negocio de preparación de impuestos por 15 años. Después de esta extensa carrera, asistió a la universidad de California Western School of Law donde obtuvo el titulo de abogada.

Claudia forma parte de la junta directiva de la asociación de abogados en San Diego y es mentor a estudiantes de la facultad de derecho y en su comunidad.

andrea

ANDREA CISNEROS

RJS LAWFIRM

La practica de Andrea Cisneros Valdez se enfoca en el derecho fiscal internacional.  Ella es altamente calificada en diseñar estructuras especializadas en inversiones cross-border. Andrea cuenta con extensa experiencia en el área de planeación fiscal internacional y compliance fiscal internacional.

 

Andrea regularmente aconseja clientes en situaciones fiscales internacionales suscitadas en Estados Unidos, así como en regímenes anti-diferimiento tales como las provisiones GILTI, ingresos por Subparte F y PFICs.  Andrea recomienda en la aplicación del acreditamiento por impuestos pagados en el extranjero, planeación bajo los Tratados de doble tributación, retenciones por concepto FIRPTA y Branch Profits Tax.

Andrea trabaja con familias con miembros de múltiples nacionalidades en su compliance y en sus necesidades de planeación patrimonial. Andrea ha apoyado a numerosos individuos, entre ellos empresarios reconocidos, atletas y políticos con la planeación fiscal y patrimonial pre-migratoria.

Andrea también se concentra en la formación de entidades, creación de estatutos y resoluciones corporativas para complementar el servicio que ofrece a sus clientes.

Andrea tiene licencia para ejercer como abogada tanto en California como en México. Ella obtuvo su Maestría en Derecho Fiscal por la Universidad de San Diego. También cuenta con una especialidad en derecho fiscal por la Universidad de las Américas Puebla, su alma mater.

Andrea es miembro activo de la Cámara de Comercio de San Diego (CCSD), ella sostiene un lugar como abogada fiscal dentro del grupo Coastal Connection de las CCSD.

alex

ALEX RODRÍGUEZ

FIRST CHOICE BANK

Vicepresidente experimentado con un historial de trabajo en la industria bancaria demostrado. Alex se ha especializado en préstamos comerciales, gestión de riesgos, gestión, banca y análisis crediticio. Es un fuerte profesional de ventas graduado de la Universidad de Washington.
marisol

MARISOL SWADENER

HONE MAXWELL LLP

Marisol Swadener es una de las abogadas asociadas en la firma Hone Maxwell.

En el 2015 Marisol estudió y se graduó como abogada en la escuela de derecho, California Western y recibió su maestría en Derecho Fiscal de la Universidad de San Diego en el 2017.  Se ha especializado por más de seis años en la controversia fiscal.

 

Marisol tiene amplia experiencia asesorando corporaciones y contribuyentes en auditorias fiscales, negociación de acuerdos y resolución de todo tipo de disputas con las administraciones tributarias del estado de California y el Servicio de Ingresos Internos (IRS).

Marisol asesora a clientes con residencia o ciudadanos en los Estados Unidos con inversiones internacionales o cuentas bancarias internacionales con su responsabilidad fiscal con el IRS.

Registro BAFF

BAFF2021 ya pasó. No te pierdas BAFF: Binational Accounting & Finance Forum 2022. Regístrate y mantente actualizado con las noticias sobre la siguiente edición de BAFF.