Como sabemos la Tabla del Subsidio al Empleo desde su publicación no ha sufrido actualización alguna, razón por la cual conforme los Salarios Mínimos se van incrementando tiene como efecto que el beneficio del SUBE se vea reducido por el hecho de que el ingreso gravado se ve aumentado.
Con el nuevo Salario Mínimo vigente a partir del 1 de Enero en la Frontera Norte que será de $260.34, prácticamente ya no habrá trabajadores con derecho a SUBE, partiendo de lo siguiente:
Como se observa, partiendo de que no puede haber trabajadores con ingreso menor al S.M.G., se concluye ya no habría trabajadores en la Frontera Norte con derecho al SUBE partiendo de una jornada normal.
Por lo anterior, sugerimos evaluar lo siguiente:
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- Evaluar en su sistema de nóminas si siguen con el procedimiento de Ajuste Mensual al SUBE, tomando en cuenta la problemática que se presentó en su momento el timbrado de los conceptos involucrados en cálculo.
- Validar que los trabajadores en el supuesto de ingreso mínimo de S.M.G. no se vaya aplicar SUBE.
- Evaluar en conjunto con su asesor de sistema de nóminas conveniencia de modificar procedimiento de cálculo de ISR, esto partiendo de que existen diferentes procedimientos (tarifas semanales y mensuales, elevar el ingreso semanal de forma mensual, acumular ingreso semana a semana, etc…)
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