¿Por qué es importante cumplir con el envío de las declaraciones informativas de Precios de Transferencia?

Existen diversas declaraciones informativas en materia de precios de transferencia que los contribuyentes se encuentran obligados a enviar cada año conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). Una de ellas es la Declaración Informativa Múltiple (DIM) – Anexo 9 – referente a las operaciones que los contribuyentes llegaran a realizar con partes relacionadas residentes en el extranjero, como se establece en la fracción X del artículo 76 de la Ley de ISR:

Presentar, conjuntamente con la declaración del ejercicio, la información de las operaciones que realicen con partes relacionadas residentes en el extranjero, efectuadas durante el año de calendario inmediato anterior, que se solicite mediante la forma oficial que al efecto aprueben las autoridades fiscales

Si bien el Anexo 9 de la DIM deberá de ser presentada en conjunto con la declaración anual, en la regla 3.9.4. de la RMF para 2019 menciona que los contribuyentes que no dictaminen sus estados financieros podrán optar por presentar esta información a más tardar el 30 de Junio del año inmediato posterior al ejercicio de que se trate.

Asimismo, el artículo 76-A de la LISR hace referencia a otras declaraciones informativas en materia de precios de transferencia, mismas que en su momento fueron creadas por la autoridad fiscal con base al Plan de acción para enfrentar La Erosión a la Base Fiscal y el Traslado de Utilidades” (“BEPS por sus siglas en ingles”), dentro de las cuales se encuentran:

I. Declaración informativa Maestra: en donde se manifiesta Información del grupo multinacional, estructura organizacional, descripción de la actividad, de sus intangibles y actividades financieras con partes relacionadas.

II. Declaración informativa Local: en donde se incluye la descripción de la estructura organizacional de la empresa, actividades estratégicas y de negocio e información de operaciones con partes relacionadas, información operativa y financiera de las compañías comparables.

III. Declaración informativa País por País: que debe de contener Información a nivel jurisdicción fiscal sobre la distribución mundial de ingresos e impuestos pagados por cada una de las empresas del grupo empresarial multinacional, un listado de todas las entidades integrantes del grupo empresarial multinacional, y de sus establecimientos permanentes, incluyendo las principales actividades económicas de cada una de las entidades integrantes del grupo.

Estas declaraciones informativas deben de presentarse a más tardar el 31 de diciembre del año inmediato posterior al ejercicio fiscal de que se trate.

Las dos primeras declaraciones informativas, aplican para aquellos contribuyentes que en el último ejercicio fiscal inmediato anterior declarado hayan consignado en sus declaraciones normales ingresos acumulables a $791,501,760.00 pesos, así como aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores y que no se encuentren en cualquier otro supuesto señalado en el artículo 32-H fracción I del CFF.

De igual forma, las informativas aplicarán para aquellos contribuyentes que se sitúen en las fracciones II, III y IV del presente artículo; es decir:

· Sociedades que tributen en el régimen fiscal de Grupo Empresarial (Capitulo VI del Título II LISR)

· Entidades paraestatales de la administración pública federal, y

· Personas morales residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país.

En el caso de la declaración informativa País por País, aplican para aquellos contribuyentes que hayan obtenido en el ejercicio inmediato anterior, ingresos consolidados para efectos contables equivalentes o superiores a doce mil millones de pesos.

Sanciones

En el siguiente cuadro se detallan las multas y sanciones en caso de incumplimiento en el envío en tiempo y forma de las declaraciones informativas de precios de transferencia conforme a las leyes y reglas vigentes:

Conclusiones 

Es importante que los contribuyentes revisen con sus asesores de precios de transferencia si cumplen en tiempo y forma con todas sus obligaciones en la materia, con el objetivo de evitar incurrir en multas y sanciones en el futuro.

De igual forma, se recomienda al contribuyente mantener documentada la información referente a las operaciones que realicen con partes relacionadas, debido a que dicha información es parte fundamental para él envió de las declaraciones informativas, tal es el caso del Estudio de Precios de Transferencia como documento inicial, entre otra información a nivel de grupo multinacional.

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CLAUDIA IGNACIO

HONE MAXWELL LLP

Claudia Ignacio es una de las abogadas asociadas del bufete Hone Maxwell LLP. Su práctica se enfoca en la planeación, cumplimiento, y controversia fiscal, incluyendo una gran variedad de asesoría fiscal internacional, consultas de inversiones estadounidenses, FATCA, y programas de amnistía como el previo OVDP (Divulgación Voluntaria en el Extranjero). 

Además, defiende a clientes en auditorias con el IRS y ante otras agencias fiscales estatales. Ella detiene gravámenes, exacciones, y ha establecido muchos acuerdos de pagos satisfactorios, reducción o suspensión de multas, solicitudes de cónyuge perjudicado, e oferta de transacción.

Claudia nació en la Ciudad de México, e inmigro a San Diego cuando tenia 13 años.

Después de sus estudios universitarios, ella trabajo como auxiliar jurídico para abogados de derecho familiar, bancarrota, inmigración y litigio civil. Ella es un ex-agente inmobiliario y fue dueña de un negocio de preparación de impuestos por 15 años. Después de esta extensa carrera, asistió a la universidad de California Western School of Law donde obtuvo el titulo de abogada.

Claudia forma parte de la junta directiva de la asociación de abogados en San Diego y es mentor a estudiantes de la facultad de derecho y en su comunidad.

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ANDREA CISNEROS

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La practica de Andrea Cisneros Valdez se enfoca en el derecho fiscal internacional.  Ella es altamente calificada en diseñar estructuras especializadas en inversiones cross-border. Andrea cuenta con extensa experiencia en el área de planeación fiscal internacional y compliance fiscal internacional.

 

Andrea regularmente aconseja clientes en situaciones fiscales internacionales suscitadas en Estados Unidos, así como en regímenes anti-diferimiento tales como las provisiones GILTI, ingresos por Subparte F y PFICs.  Andrea recomienda en la aplicación del acreditamiento por impuestos pagados en el extranjero, planeación bajo los Tratados de doble tributación, retenciones por concepto FIRPTA y Branch Profits Tax.

Andrea trabaja con familias con miembros de múltiples nacionalidades en su compliance y en sus necesidades de planeación patrimonial. Andrea ha apoyado a numerosos individuos, entre ellos empresarios reconocidos, atletas y políticos con la planeación fiscal y patrimonial pre-migratoria.

Andrea también se concentra en la formación de entidades, creación de estatutos y resoluciones corporativas para complementar el servicio que ofrece a sus clientes.

Andrea tiene licencia para ejercer como abogada tanto en California como en México. Ella obtuvo su Maestría en Derecho Fiscal por la Universidad de San Diego. También cuenta con una especialidad en derecho fiscal por la Universidad de las Américas Puebla, su alma mater.

Andrea es miembro activo de la Cámara de Comercio de San Diego (CCSD), ella sostiene un lugar como abogada fiscal dentro del grupo Coastal Connection de las CCSD.

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ALEX RODRÍGUEZ

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Vicepresidente experimentado con un historial de trabajo en la industria bancaria demostrado. Alex se ha especializado en préstamos comerciales, gestión de riesgos, gestión, banca y análisis crediticio. Es un fuerte profesional de ventas graduado de la Universidad de Washington.
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MARISOL SWADENER

HONE MAXWELL LLP

Marisol Swadener es una de las abogadas asociadas en la firma Hone Maxwell.

En el 2015 Marisol estudió y se graduó como abogada en la escuela de derecho, California Western y recibió su maestría en Derecho Fiscal de la Universidad de San Diego en el 2017.  Se ha especializado por más de seis años en la controversia fiscal.

 

Marisol tiene amplia experiencia asesorando corporaciones y contribuyentes en auditorias fiscales, negociación de acuerdos y resolución de todo tipo de disputas con las administraciones tributarias del estado de California y el Servicio de Ingresos Internos (IRS).

Marisol asesora a clientes con residencia o ciudadanos en los Estados Unidos con inversiones internacionales o cuentas bancarias internacionales con su responsabilidad fiscal con el IRS.

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