El pasado lunes 20 de Enero de 2020 la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó el anexo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, denominado Anexo 16 “Instructivos de integración y de características, los formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por Contador Público Inscrito (CPI), y de los cuestionarios relativos a la revisión efectuada por el Contador Público, los cuales fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los pasados 28 de Diciembre de 2019, respectivamente.
Anexo 16, aplicable a los tipos de dictamen que a continuación se enuncian:
A. Estados financieros general.
B. Contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje.
C. Casas de cambio.
D. Intermediarios financieros no bancarios.
E. Fondos de inversión.
Dicho anexo es correspondiente al ejercicio 2019 y para ser utilizado con el Sistema de Presentación del Dictamen (SIPRED) 2019.
Los instructivos mencionados son los que a continuación se señalan:
· Instructivo para la integración y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito, por el ejercicio fiscal del 2019, utilizando el SIPRED 2019.
· Instructivo de características para el llenado y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito, por el ejercicio fiscal del 2019 utilizando el SIPRED 2019.
La información requerida en los anexos para el tipo de dictamen de los “Estados Financieros General” es la siguiente:
– Contribuyente.
– Contador Público.
– Representante legal.
– Datos generales
Anexo 1 Estado de situación financiera.
Anexo 2 Estado de resultado integral.
Anexo 3 Estado de cambios en el capital contable.
Anexo 4 Estado de flujos de efectivo.
Anexo 4.1 Notas a los estados financieros.
Anexo 5 Integración analítica de ventas o ingresos netos.
Anexo 6 Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del impuesto sobre la renta.
Anexo 7 Análisis comparativo de las subcuentas de gastos.
Anexo 8 Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento.
Anexo 9 Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.
Anexo 9.1 Declaratoria.
Anexo 10 Relación de contribuciones por pagar.
Anexo 11 Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del impuesto sobre la renta.
Anexo 12 Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.
Anexo 13 Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero.
Anexo 14 Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.
Anexo 15 Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral y los acumulables para efectos del impuesto sobre la renta y el total de actos o actividades para efectos del impuesto al valor agregado.
Anexo 16 Operaciones con partes relacionadas.
Anexo 17 Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas.
Anexo 18 Datos informativos.
Anexo 19 Información de los pagos realizados por la determinación del impuesto sobre la renta e impuesto al activo diferido por desconsolidación al 31 de diciembre de 2013 y el pagado hasta el mes de Mayo del 2018.
Anexo 20 Información de los pagos realizados por la determinación del impuesto sobre la renta diferido por desconsolidación y el pagado hasta el mes de mayo del 2019 (artículo noveno, fracción XVI DTLISR 2014).
Anexo 21 Crédito por concepto de pérdidas fiscales (artículo segundo, fracción VIII de las disposiciones transitorias de la ley del impuesto sobre la renta vigente a partir del 1 de enero de 2016).
Anexo 22 Pérdidas por enajenación de acciones en la determinación del resultado o pérdida fiscal consolidado (artículo segundo, fracción IX de las disposiciones transitorias de la ley del impuesto sobre la renta vigente a partir del 1 de enero de 2016) operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.
Anexo 23 Inversiones.
Anexo 24 Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda extranjera.
Anexo 25 Prestamos del extranjero.
Anexo 26 Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.
Anexo 27 Ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
– Cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del Contador Público).
– Cuestionario en materia de precios de transferencia (Revisión del Contador Público).
Podemos apreciar que para el ejercicio 2019 la autoridad aumento el número de anexos con respecto al ejercicio 2018 anterior, por lo que hay que estar preparados con la información nueva que se solicita y que le pudiera ser aplicable a su empresa.
La herramienta SIPRED está próxima a estar disponible para su uso e interacción, por lo que les recomendamos iniciar a navegarlo y no esperar a las fechas de vencimiento de la obligación de la presentación, la cual es el 15 de Julio de 2020.